PORTAL DE TRANSPARENCIA
Presentación del ColegioLa Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Ley de Transparencia) es aplicable, respecto del Título I relativo a la “Transparencia de la actividad pública”, a los colegios profesionales en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo (art.2.1.e). No son aplicables al Colegio las normas referidas a la publicación de subvenciones, pues el Colegio no concede ayudas públicas ni subvenciones conforme la Ley General de Subvenciones, ni a la publicación de contratos sometidos a Derecho administrativo, dado que Colegio no se encuentra sometido a la Ley de Contratos del Sector Público.
Son actividades sujetas a Derecho Administrativo y sobre las que el Colegio debe informar las siguientes: sobre colegiación; registro de sociedades profesionales; ciertas decisiones sobre la ordenación de la actividad profesional que se encuentren en el ámbito del derecho administrativo, ciertas cuestiones, no afectadas por la protección de datos, sobre la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial y sobre información del visado de trabajos profesionales o su denegación; sobre el establecimiento en su caso de criterios orientativos de honorarios profesionales para tasación de costas; procedimiento sobre la inclusión en las listas de peritos colegiados para designación judicial o su denegación; la colaboración en su caso con las Administraciones Públicas en el ejercicio de funciones públicas; así como cualquier otra que por ser ejercicio estricto de función pública se someta al Derecho Administrativo.
ATENCIÓN AL COLEGIADO Y AL CLIENTE
Tanto colegiados como ciudadanos pueden tramitar sus quejas y reclamaciones, enviando el formulario por e-mail gabinete@coaatrioja.org. Pueden adjuntar la instacia general:
ESTATUTOS PARTICULARES COAAT LA RIOJA
NOTA: Las cláusulas de los Estatutos de esta Corporación que se entienda pudieran haber quedado derogadas o afectadas como consecuencia de las modificaciones incluidas en la Ley de Colegios Profesionales (LCP) o por contravenir la Ley de Defensa de la Competencia, se considerarán automáticamente modificados por la legislación vigente, según se establece en la Disposición adicional primera de los propios Estatutos colegiales.
ESTATUTOS DEL COLEGIO
Última modificación febrero 2013
REGLAMENTO CUOTAS COLEGIALES 2024
REGLAMENTO SOCIEDADES PROFESIONALES
Reglamento para la inscripción de sociedades de Aparejadores y Arquitectos Técnicos en el C.O.A.A.T. Rioja
Comentarios de la Resolución de 1 de marzo de 2008 sobre el objeto social que debe figurar en las escrituras de constitución de las sociedades profesionales
REGLAMENTO NORMAS DEONTOLÓGICAS DE ACTUACIÓN PROFESIONAL
ESTATUTOS GENERALES DEL CONSEJO GENERA DE LA ARQUITECTURA TÉCNICA
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS
DIRECTORIO DE PROFESIONALES Y SOCIEDADES
Acceso al directorio de profesionales de la ventanilla única del Consejo General.